Sala Constitucional rechaza acción popular contra decreto 5515
La Sala Constitucional Tercera de la ciudad de El Alto rechazó la acción popular presentada contra el Decreto Supremo 5515, norma que autoriza al presidente del Estado a ejercer sus atribuciones de manera temporal desde el exterior mediante el uso de medios tecnológicos de comunicación.
La audiencia se desarrolló este martes, luego de que el abogado Wilmer Vásquez interpusiera el recurso constitucional cuestionando la legalidad del decreto. Tras el análisis del caso, los vocales constitucionales determinaron que el mecanismo legal utilizado no era el adecuado, ya que el reclamo debía haberse planteado a través de una acción constitucional distinta y no mediante una acción popular, al tratarse de disposiciones previstas en la Constitución Política del Estado.
El Decreto Supremo 5515 establece que el presidente del Estado Plurinacional mantiene las atribuciones conferidas por el artículo 172 de la Constitución, incluso cuando se encuentra fuera del territorio nacional de forma temporal, siempre que el ejercicio de sus funciones se realice a través de medios tecnológicos.
Durante la audiencia participaron representantes legales del presidente Rodrigo Paz Pereira, además de delegados de las Vicepresidencias del Estado, la Contraloría General del Estado y la Defensoría del Pueblo.
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