Sala Constitucional rechaza acción que pedía anular personería del MTS
La Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz declaró improcedente la Acción de Cumplimiento presentada por Peter Erlwein Beckhauser contra Óscar Abel Hassenteufel Salazar, presidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), quien fue acusado de incumplir con el deber legal de cancelar la personería jurídica del Movimiento Tercer Sistema (MTS).
El accionante argumentó que el MTS no renovó su Directiva Nacional desde 2018, pese a que su estatuto fija un mandato máximo de cinco años. Según su denuncia, este incumplimiento vulnera la Ley de Organizaciones Políticas, que establece la cancelación de la personería como sanción ante esa falta. Erlwein señaló además que el TSE emitió cinco resoluciones entre 2023 y 2025 exigiendo la renovación de directivas, las cuales no fueron acatadas por el partido.
Sin embargo, la Sala Constitucional evaluó que la acción interpuesta era manifiestamente improcedente, conforme a la Sentencia Constitucional 505/2005 y el artículo 40 del Código Procesal Constitucional. Estos fundamentos facultan a los tribunales constitucionales a rechazar recursos que no cumplan los requisitos de admisibilidad o carezcan de base legal suficiente.
Con esta decisión, queda sin efecto la solicitud de cancelar la personería del MTS y, por tanto, se viabiliza su participación en las Elecciones Generales del 17 de agosto de 2025.
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